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domingo, 19 de febrero de 2012

LAS CASAS DE RECUPERACION DEL DROGADICTO


LAS CASAS DE RECUPERACION DEL DROGADICTO Y ALCOHOLICO, COMO FUENTE DE EXPLOTACION, ABUSOS Y FALTA DE ASISTENCIA MEDICA Y PSICOLOGICA.

Como es conocido en todos los ambitos de nuestra sociedad, lo mas comun cuando todabia se tiene esperanzas para recuperar un drogadicto es llevarlo a una casa hogar o albergues publicos y privados, donde se busca que se le de una atención Humana a su enfermo, pero es todo lo contrario. En las ultimas investigaciones que se an realizado en Guatemala, el 90% de los centros de desintoxicasion no cuentan con los minimos servicion de Medicina y Siquiatria, alimentación y personal capacitado.

En la Realidad sucede todo lo contrario, los Asistentes medicos son los mismos internos que son capacitados para recuperar fisicamente al enfermo, sin controles de seguimiento y estadisticas. La alimentacion es controlada por un interno recuperado, y el tratamiento psicologico se basa en platicas Religiosas sin un proceso de recuperacion integral emosional.

La Explotacion se basa en que el individuo ya recuperado, tiene obligatoriamente que salir a trabajar o vender cualquier cosa que el Encargado del Albergue le de, el individuo solo gana un porcentaje infimo de las ganancias las cuales le quedan integramente al Responsable de la casa. Se exigen cuotas a Familiares o amigos del enfermo, para seguirle dando tratamiento, en caso contrario lo sacaran a la fuerza a trabajar.

jueves, 5 de enero de 2012

EL ALCOHOLISMO COMO UNA ENFERMEDAD INCURABLE

TELEFONOS DE AYUDA AL ALCOHOLICO QUE ESTA SUFRIENDO
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TIENES PROBLEMAS CON TU  FORMA DE BEBER
CONSUME REGULARMENTE POR LAS MAÑANAS
NO LOGRA CONTROLAR SU FORMA DE TOMAR
NO LOGRA CONCILIAR EL SUEÑO Y NERVIOSISMO
ESTA DISPUESTO A QUE LE AYUDEN
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Y ENCUENTRE OTRA FORMA DE VIVIR SIN CONSUMIR ALCOHOL.

miércoles, 26 de octubre de 2011

ABUSO INFANTIL, LEYES QUE PROTEGEN A LA NIÑES EN GUATEMALA


 
ABUSO Y MALTRATO INFANTIL EN GUATEMALA
SECCION V Ley de Protecciòn Integral de la Niñes y la Adolecencia.
ARTICULO 51:
Explotaciòn econòmica. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra la explotaciòn econòmica, el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso para la salud fìsica y mental o que impida su acceso a la educaciòn.
Los niños, niñas y adolescentes t...ienen derecho a ser protegidos por el Estado, la familia y la sociedad a fin de que tengan acceso a la educaciòn, el deporte, la cultura y la recreaciòn propia a su edad, en beneficio de su salud fìsica y mental.
SECCION VII
DERECHO A LA PROTECCION POR EL MALTRATO
Articulo 53. Maltrato y agravios.
Todo niño, niña o adolescente tiene el derecho de no ser objeto de cualquier forma de negligencia, discriminaciòn, marginaciòn, explotaciòn, violencia, crueldad y opresiòn, punibles por la ley, ya sea por acciòn u omisiòn a sus derechos fundamentales.
Asimismo, tiene derecho a ser protegidos contra toda forma de maltrato. El Estado estimularà la creaciòn de instituciones y programas preventivos o psico-sociales necesarios, para dar apoyo y orientaciòn a la familia y a la comunidad. Deberà proporcionar la asistencia necesaria, tratamiento y rehabilitaciòn a las victimas, a quienes cuidan de ellas y al victimario.
Articulo 54. Obligaciòn estatal..El Estado deberà adoptar las medidas legislativas, administrativas y educativas apropiadas para proteger a los niños, niñas y adolescentes contra forma de:
A) Abuso fìsico...
B) Abuso sexual...
C) Descuido y tratos negligentes:..
D) Abuso emosional:...
Cualquier persona que tenga conocimiento sobre un hecho de los descritos anteriormente deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad competente màs cercana, quien a su vez deberà realizar las diligencias pertinentes a efecto de que se sancione dràsticamente a los que resulten responsables de los mismos.
Articulo 55. Obligaciòn de denuncia
El personal de las instituciones pùblicas y privadas, centros educativos, servicios de salud y otros de atenciòn a los niños, niñas y adolescentes, tienen la obligaciòn de denunciar los maltratos que se detecten o atiendan en sus instituciones.
CAPÌTULO ÙNICO
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Artìculo 1o. Protecciòn a la persona.
El estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia.Su fin supremo es la realizaciòn del bien comùn.
Articulo 2o. Deberes del Estado.
Es deber del Estado garantizar a los habitantes de la Repùblica la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollado integral de la persona.
CAPITULO I C.R.G
Artìculo 3o. Derecho a la vida.
El Estado garantiza y protégé la vida humana desde su concepciòn, asì como la integridad y la seguridad de la persona.

ASI QUE DENUNCIE EN BASE A LAS LEYES VIGENTES

jueves, 6 de octubre de 2011

LA MINERIA EN GUATEMALA

LAS COMPAÑIAS MINERAS Y LA MISERIA DE GUATEMALA



Hacemos del conocimiento a la Comunidad Global, que la empresa Montana Exploradora de capital Canadiense-USA, està explotando la Mina Marlin en Guatemala de donde extrae Oro y Plata, las ganancias netas que recibe el Estado es el 1%, los impuestos los tiene exonerados y no tiene fianza por los pasivos laboral que es la ganantia del trabajador a recibir su tiempo laborado o lo llamado comunmente Liquidaciòn (Vacaciones, aguinaldo, bono 14, y tiempo laboral).

El precio del Oro a llegado cotizar a Q1,900. La onza; Ahora dicha compañia quiere extraer a cielo abierto para producir màs rapidamente, pero no se estan preocupando por el Medio Ambiente y las poblaciones sercanas que estaran expuestas a la contaminaciòn de Suelos y agua.

El proximo Gobierno tiene la Obligaciòn de Revisar esos contratos de explotaciòn que fueron autorizados por gente corrupta, si es posible declararlo como lesivos al Estado. Entablar nuevas condiciones, claras y definidas, donde se Garantice el cuidado del Medio Ambiente, el Desarrollo de las Comunidades, el Empleo y los Impuestos que le corresponden al Estado, teniendo como base la experiencia de otros paises, Chile (14%), Colombia (4%), Perù (7%) por nombrar algunos.

El Estado de Guatemala por concepto de Regalias Netas le queda 1% del total exportado (ridiculo, teniendo como base que el estado es dueño de el Subsuelo y las Aguas de Rios utilizados por dicha compañia).

Goldencorp ha facturado $1,416 millones de dolares (11 millardos) de 2005 a 2010 ; Por dichas exportaciones la mina Marlin a pagado al estado Q889.6 millones en regalias e impuestos. El director de Goldcorp Guatemala, indico que se encuentra en la mejor disposiciòn para propisiar un consenso constructivo sobre incrementar el impuesto de las regalias, que  el 1% de las regalias sobre ventas brutas puede representar un 8% a 25% del costo de Operaciòn (pero esto no es responsabilidad del Estado, sino de los encargados de producciòn) . A nosotros como Dueños del Estado Soberano, tenemos que exigir que se pagan los impuesto que corresponden, No Migajas, porque al incrementarlos se fortaleceran las dependencias del Estado que sirven al pueblo (Educaciòn, Salud, Seguridad, Proyectos Sociales, Medio Ambiente,etc)

Cual seria el Impuesto Justo por Regalias, teniendo como base el precio Internacional $1,900 Doll por Onza, tambien que todos los recursos del Subsuelo, rios y lagos son patrimonio del Estado por ende de todos los Guatemaltecos.

La experiencia de casos lamentables ya se a tenido en Guatemala, el caso màs emblematico es la explotaciòn de Niquel en el Estor-Izabal, la compañia EXMIBAL-INCO no pago las Utilidades y Derechos de Explotaciòn en los año 70 y 80's al Gobierno de Guatemala, pero los terrenos entregados en Usufructo nunca fueron devueltos a sus legitimos propietarios (Las Comunidades Indigenas), tampoco se expropiarion Bienes por Falta de Pago y Contratos no Cumplidos, en cambio se les consedio el derecho de Cederlos a otra Empresa que en la actualidad sigue explotando Niquel en esa Area.

ZONA AFECTADA POR LA MINERA EXMIBAL-INCO


Continua...